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11 de julio de 2007
RESOLUCION No. 12 (11 de julio de 2007)

RESOLUCION No. 12

(11 de julio de 2007)

POR LA CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 1º DE LA RESOLUCIÓN No.16 DE FECHA 14 DE OCTUBRE 2004

LA DIRECTORA DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

En ejercicio de sus facultades y en especial de las conferidas por el artículo 48 del Decreto 919 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge mediante oficio No.0.40 3484 de fecha 06 de julio de 2007 coloca en conocimiento el desbordamiento del río Sinú, el cual generó una ruptura del cauce por la boca conocida como “la majagua” ubicada en los Corregimientos de Carillo, Municipio de San Pelayo, generando inundaciones en los Municipios de Cotorra y Lorica en el Departamento de Córdoba.

Que mediante oficio No.000191 de fecha julio 11 de 2007 suscrito por el Gobernador de Córdoba solicita se reconozca la afectación en 13 municipios del Departamento, los cuales son; Montería, Cereté, Chimá, San Pelayo, Cotorra, Lorica, Momil, Buenavista, La Apartada, Canalete, Purísima, Ayapel y Pueblo Nuevo.

Que el Gobierno Nacional, en cabeza del señor Presidente de la República hizo presencia en la zona con el fin de suministrar algunas ayudas humanitarias para las personas que resultaron afectadas así como para dar los lineamientos para la formulación y ejecución de proyectos de mitigación.

Que mediante la Resolución No.16 de fecha 14 de octubre de 2004 se declara la situación de Calamidad Pública y se reconoce afectación en 15 municipios de Departamento de Córdoba; Montería, Ayapel, Cienaga de Oro, Cereté, San Pelayo, Momil, Planeta Rica, Purísima, Moñitos, Lorica, San Andrés de Sotavento, Tierralta, Los Córdobas, Montelíbano y San Carlos.

Que teniendo en cuenta que a la fecha no sea ha declarado el retorno a la normalidad en el Departamento de Córdoba lo que quiere decir que se encuentra vigentela Resolución No.16 de 2004 y ante la grave situación presentada en la zona, la DPAD decide adicionar el artículo 1º de la resolución citada incluyendo los Municipios de Chimá, Buenavista, Cotorra, La Apartada, Canalete y Pueblo Nuevo.

Que el Decreto Ley 919 de 1989 en su artículo 48 y subsiguientes , faculta al Director de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, para declarar la ocurrencia de una Situación de Calamidad Pública, con base en los reportes y censos efectuados por el Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres CREPAD, con relación a la afectación presentada en los Municipios mencionados.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Adicionar el art.1º de la Resolución No.16 de fecha 14 de octubre de 2004 en sentido de incluir declaratoria de calamidad en los Municipios de Chimá, Buenavista, La Apartada, Canalete, Pueblo Nuevo y Cotorra enel Departamento de Córdoba.

ARTICULO SEGUNDO: Los Comités Locales de Prevención y Atención de Desastres de los Municipios afectados, elaboraran el Plan de Acción Específico de acuerdo con los lineamientos dados en el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, de conformidad con el Decreto 93 de 1998.

ARTICULO TERCERO: La acción de las entidades competentes para contribuir en los procesos de atención, rehabilitación, reconstrucción y recuperación deberán someterse a la normatividad especial sobre el manejo de emergencias y llevarse a cabo bajo la Coordinación del Comité Regional.

ARTICULO CUARTO: En lo demás que no ha sido objeto de adición a la Resolución No.16 de fecha 14 de octubre de 2004, ésta surte todos sus efectos legales.

ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D,C., a los

LUZ AMANDA PULIDO